Aviso a los afectados por la DANA
- 18/09/2019
Póliza de seguro de hogar/automóvil en vigor.
Último recibo que acredite el pago del seguro.
Relación de los daños sufridos en los bienes e inmuebles afectados y documentación acreditativas de los mismos (facturas de gastos producidos, fotografías, vídeos, etc.)
Datos Personales (Dirección y teléfono de los afectados).
Documentación que acredite una cuenta bancaria del afectado.
No existe un plazo para solicitar la indemnización al CCS, por lo que el CCS registrará y tramitará todas las solicitudes de indemnización que reciba.
La solicitud puede realizarla el propio asegurado o, en su representación, su entidad aseguradora o el mediador (agente o corredor) de seguros, a través de:
− Teléfono gratuito 900 222 665
− Internet: www. consorseguros.es (con DNI o certificado electrónicos).
Tampoco existe un límite al importe total a indemnizar por el CCS por estas inundaciones, por lo que la entidad abonará las indemnizaciones que correspondan de acuerdo con los seguros contratados por los asegurados afectados, incluso si el coste final superase significativamente las primeras estimaciones realizadas.
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