Ayudas de la Comunidad de Madrid a Pymes afectadas por el Covid- 19
Las empresas beneficiarias recibirán entre 2.500 y 12.500 euros
- 14/10/2020
Para poder recibir estas ayudas, las empresas deben cumplir tres condiciones:
- Tener la consideración de PYME.
- Realizar su actividad económica y disponer de centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y tener personal fijo asalariado.
- Haberse visto afectadas por la crisis derivada de la pandemia por COVID19:
Si su apertura al público quedó suspendida en el Real Decreto por el que se declaró el Estado de Alarma.
Si su actividad experimentó en el segundo trimestre del año 2020 una reducción de, al menos, un 25% de la facturación respecto al primer trimestre de 2020 o respecto al segundo trimestre de 2019.
Las PYMES que se beneficien de estas ayudas podrán cubrir los gastos devengados desde el 14 de marzo de 2020 hasta el día de presentación de la solicitud relativos a:
- El pago de nóminas y seguros sociales que ya hayan abonado.
- Los pagos para la obtención de productos y servicios relacionados con medidas de protección, prevención e higiene, necesarias para garantizar la seguridad del personal, en relación con la COVID-19.
- El pago de alquileres de locales.
El proceso de solicitud es muy sencillo y completamente telemático, a través de este formulario.
Además, está disponible un tutorial con instrucciones para rellenar el formulario y se ha habilitado un apartado de preguntas frecuentes para ayudar a resolver posibles dudas acerca de las ayudas o de su tramitación.
Las normas reguladoras de estas ayudas se encuentran también publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y se pueden consultar aquí.
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